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Por Roberto Bahena


La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) no está de acuerdo con el recurso interpuesto para la impugnación por parte de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, contra el matrimonio igualitario.


Esto luego que se dio a conocer a través de redes so sales el amparo interpuesto por la administración encabezada por Claudia Pavlovich Arellano, para que personas del mismo sexo aún no puedan casarse en Sonora, a pesar de que hay una resolución por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esto desde noviembre del año pasado.


Pedro González Avilés, titular de la CEDH, manifestó que algunas personas promovieron en lo particular solicitudes de juicios de amparo, en donde la Comisión no ha tenido intervención.


Sin embargo, argumentó que ya han presentado pronunciamientos ante el Congreso del Estado, pues los pronunciamientos de la SCJN son en el sentido de que es anticonstitucional negar el matrimonio igualitario.


“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que no existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, la misma Corte sostuvo que toda ley de cualquier entidad federativa que por un lado considere que la finalidad del matrimonio es la procuración y/o que lo defina en que solamente se practica entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”, señaló.


El ombudsman sonorense, indicó que, si bien la CEDH no ha intervenido en los amparos promo idos en lo particular, si han brindado apoyos jurídicos y técnicos.


Asimismo, recordó que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos ya ha hecho pronunciamientos al respecto, al igual que la CNDH.


“La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha considerado que las normas civiles que contemplen como general el matrimonio, la procreación, la reproducción o la perpetuación de la especie limite en su acceso la unión entre un hombre y una mujer, así como aquellas que dé un trato o acceso diferenciado al matrimonio, no son acordes con los artículos primero, quinto párrafo y cuarto, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; ni con los artículos 1.1 de la Comisión Americana sobre Derechos Humanos, 26 sobre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el 7 de la declaración Universal de los Derechos Humanos, que consagran los derechos a la igualdad y no discriminación”, expuso.


Al respecto, mediante un tuit en la red institucional del Gobierno de Sonora, aseguró que se trata de una confusión, pues el recurso que promovieron es para que el Poder Judicial de la Federación aclare cuál es la omisión legislativa del ejecutivo estatal, en la que según incurrieron y no en vulnerar los derechos humanos en torno al matrimonio igualitario.

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